El conflicto laboral se define mucho antes del juzgado: se define en cómo quedó documentada la relación. Ordenamos ese frente y te defendemos si el reclamo llega.
En materia laboral, la prueba suele estar del lado de la documentación. Cuando una empresa llega a una audiencia con los contratos en orden, los recibos correctos y el intercambio epistolar bien hecho, la discusión es una; cuando llega sin nada de eso, es otra. Por eso el trabajo importante no empieza con el reclamo: empieza mucho antes.
Acompañamos a la empresa en las dos etapas. En la preventiva: elegir la modalidad de contratación adecuada, registrar correctamente al personal, tener claro qué convenio colectivo se aplica y cumplir con las obligaciones ante la aseguradora de riesgos del trabajo. Y en la contenciosa: documentar una desvinculación, responder una intimación, ir a la audiencia conciliatoria y, si no hay acuerdo, defender a la empresa en juicio.
Muchas de estas cuestiones se resuelven mejor de forma continua que caso por caso, y por eso este servicio se complementa naturalmente con el asesoramiento permanente. Si tu empresa está en etapa de formalización, conviene mirarlo junto con el acompañamiento a PyMEs, startups y emprendedores.
Esta página está dirigida a la empresa empleadora. Si llegaste buscando asesoramiento como trabajador, lo que necesitás está en derecho laboral para trabajadores: el estudio atiende los dos lados, siempre en casos distintos y nunca a las dos partes de un mismo conflicto.
Antes de decidir, no después de la carta documento. Las consultas más útiles son las previas: cómo contratar a alguien, cómo registrar correctamente, cómo documentar una sanción o cómo encarar una desvinculación. Una vez que el reclamo llegó, el margen de acción es siempre más chico y más caro.
En la Ciudad de Buenos Aires, los reclamos laborales de competencia de la justicia nacional del trabajo deben pasar primero por una instancia conciliatoria obligatoria ante el SECLO (Ley 24.635) antes de llegar a juicio. Las provincias tienen sus propios organismos y reglas. Es una etapa real de negociación: bien preparada, muchas veces evita el litigio.
Es uno de los frentes más costosos del derecho laboral argentino. La Ley 24.013 prevé indemnizaciones específicas por la falta de registración o por una registración deficiente —por ejemplo, una fecha de ingreso o un salario declarados por debajo de los reales— y la Ley 25.323 contempla agravamientos adicionales. Regularizar a tiempo casi siempre cuesta menos que discutirlo después.
No automáticamente: depende de que la causa invocada tenga entidad suficiente y, sobre todo, de que esté probada y bien documentada. Si el despido con causa no se sostiene, el resultado puede terminar siendo más gravoso que un despido sin causa. Por eso la decisión y la redacción de la comunicación conviene tomarlas con asesoramiento previo, y ningún resultado puede garantizarse de antemano.
La Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo obliga al empleador a afiliarse a una aseguradora de riesgos del trabajo —o a autoasegurarse, si reúne los requisitos— y a cumplir con las medidas de prevención e higiene que correspondan a la actividad. Te asesoramos sobre el alcance de esas obligaciones y sobre cómo actuar frente a la denuncia de un accidente o de una enfermedad laboral.
Sí, en casos distintos. No representamos a las dos partes de un mismo conflicto: si ya asesoramos a una de ellas, no tomamos el caso de la otra. Si sos trabajador y querés consultar por tu situación, la información está en la página de derecho laboral para trabajadores.
En la primera consulta gratuita analizamos tu caso y te orientamos sobre el mejor camino. Sin compromiso.